Abr 08 2011

HISTORIA DE UNA INJUSTICIA: impuesto a las pensiones (orden regresivo).

Publicado por a las 3:10 am en General

Investigación periodística: Raúl Rueda Pérez

Jubilado sindicalizado Telmex

Abril, 2011

 

INICIO.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de enero de 2002

TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 31-12-2010

 

Pagina 131 – 132:

Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos.

Párrafo:

 

III.        Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.

 

            Para aplicar la exención sobre los conceptos a que se refiere esta fracción, se deberá considerar la totalidad de las pensiones y de los haberes de retiro pagados al trabajador a que se refiere la misma, independientemente de quien los pague. Sobre el excedente se deberá efectuar la retención en los términos que al efecto establezca el Reglamento de esta Ley.

Párrafo adicionado DOF 30-12-2002

Sube cobro del ISR a jubilados.

Dic. 2003

 

Byline: Arturo Rivero

 

El aumento en el cobro del ISR afecto a más de 50 mil pensionados del IMSS

 

Aproximadamente a más de 50 mil ex trabajadores del IMSS se les incremento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en su último pago mensual para ajustar el cobro de este gravamen, revelo el propio instituto.

 

Mónica es una de las afectadas y esta por demás molesta y angustiada. «Tenia gastos que cubrir y ahora que voy hacer», dice.

 

Trabajo 27 anos y se jubilo como enfermera de piso hace cuatro anos. Cuando se dirigió a la caja y le dieron su recibo se fue de espaldas al ver que sin mayor aviso le descontaron de jalón 4 mil 813.49 pesos.

 

OCHO AÑOS DÉSPUES.

 

Hasta que se emita la adición a la ley se tiene:

 

Aprueba Pleno elevar exención de ISR a pensionados

6 Abril, 2011 – 18:03

Crédito: Rolando Ramos / El Economista

La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para ampliar la exención del gravamen a jubilados y pensionados que ganen hasta 25 salarios mínimos; el tope vigente es de hasta nueve salarios.

Desde la tribuna y al fundamentar la minuta enviada al Senado de la República para su eventual ratificación, a nombre de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el priísta David Penchyna afirmó que la enmienda “representa un acto de justicia social”.

En su turno, la panista Augusta Valentina Díaz de Rivera, informó a la asamblea que su bancada votaría en favor, cuando todo parecía indicar que el PAN no respaldaría el cambio, a pesar de que la medida implicará un costo fiscal y beneficiará en mayor medida a los trabajadores del sector privado.

“Ampliar la exención a un monto equivalente a 25 salarios mínimos tendrá un costo recaudatorio adicional de más de 3,000 millones de pesos anuales y beneficiará solamente a 2% de los trabajadores del IMSS y a 5% de los trabajadores del ISSSTE, ayudando mayoritariamente a los trabajadores que se encuentran bajo los esquemas privados de pensión”, precisó.

Su correligionario Mario Becerra Pocoroba, presidente de la Comisión de Hacienda, y cinco panistas más mantuvieron su voto en contra, igual que cuando se aprobó el dictamen en comisiones.

Autor del cambio logrado, el petista Mario di Costanzo detalló que se pretende exentar hasta 25 salarios mínimos a los jubilados que ya pagaron impuestos toda su vida y que la Secretaría de Hacienda les sigue cobrando impuestos.

“No es una jubilación jubilosa la de 25 salarios mínimos. Los 40,000 o 45,000 pesos apenas son suficientes para que ellos muchas veces cubran sus gastos médicos. No estamos hablando de pensiones de otros funcionarios de la banca de desarrollo o del Banco de México, cuyos niveles superan los 100,000 pesos. Ellos sí van a pagar impuestos”.

Y tras reconocer que la medida sí tiene un costo fiscal aproximado de 3,800 millones de pesos, dijo que dicho monto es apenas “la tercera parte de otras medidas que se han tomado en materia educativa por Felipe Calderón”, y recomendó fondearla con ahorros en el gasto corriente del gobierno, donde hay mucho margen de reducción.

El priísta Felipe Enríquez Hernández llamó al presidente Felipe Calderón a no vetar la reforma porque, en concreto, beneficiará a todos aquellos pensionados que hoy ganan 10 salarios mínimos, que ya no tendrán que pagar 2,600 pesos de ISR, y a los que perciben hasta 25 salarios, que en adelante tendrán 9,000 pesos más en su bolsillo porque ya no se los retendrá el gobierno por concepto del Impuesto Sobre la Renta.

“Sabemos que, aunque los números macroeconómicos de este país suenan muy bonitos, en la práctica las familias mexicanas de clase baja y de clase media cada vez batallan más para alimentar y educar a sus hijos”, completó el neoleonés.

rramos@eleconomista.com.mx

 

Impuestum.com

Mayores incentivos fiscales a pensiones: IMEF

2011-03-30

Los Ejecutivos en Finanzas señalaron que las pensiones necesitan mayores incentivos fiscales para que se incrementen los fondos y se disminuya la posibilidad de que sólo un 25 por ciento de los pensionados a mitad de siglo gocen de este beneficio.  

Marcela Flores Quiroz, integrante de la Comisión de Seguridad Social del Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas (IMEF), puntualizó que la situación que viven las pensiones en nuestro país es seria y si no se corrigen los desajustes como las situaciones de privilegio que tienen algunos pensionados las finanzas se verán más presionadas y difícilmente se podrán cubrir los compromisos.

Alertó que de seguir así la situación “sólo un 25 por ciento de los pensionados tendrán acceso a ella y el restante 75 por ciento se verá presionado por falta de recursos ya que no realizó las cotizaciones necesarias para contar con ella.”

La especialista indicó que actualmente los pensionados “reciben en promedio un 60 a 70 por ciento de su salario en las pensiones y para el futuro recibirán en promedio de un 10 a 20 por ciento por las situaciones legislativas que se implantaron en 1997.”

Flores Quiroz explicó que actualmente las pensiones en nuestro país tienen un déficit superior al 150 por ciento del PIB. “Un 40 por ciento se presenta por los regímenes de privilegio.” Algunos de ellos son los que presentan algunos de los pensionados de CFE, Compañía  de  Luz y Fuerza, Pemex, IMSS, entre otros.

Carlos de la Fuente Aguirre, señaló que son necesarios impulsos fiscales para fomentar y mejorar la situación de las pensiones en nuestro país, pues no todas las erogaciones de los patrones que se realizan para un fondo de pensiones son deducibles en el Impuesto Sobre la Renta (ISR), y lo mismo puede suceder en el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)..

Actualmente los regímenes de pensiones que existen cubren en la actualidad hasta 22 millones de personas. Flores Quiroz explicó que si se considera a la Población Económicamente Activa (PEA) cercana a 50 millones de personas, significa que hay entre 28 y 30 millones de mexicanos que no están cubiertos por ningún sistema de pensiones.

Finalmente, los especialistas señalaron que se puede mejorar el sistema pensionario de nuestro país con la creación de un sistema nacional de pensiones, la eliminación de regímenes especiales pensionarios, la transparencia en el cobro de comisiones de las Afores, la creación de un ombudsman de pensiones, entre otros.

 

Suben exención de ISR a pensionados  

 2011-03-03

 La Comisión de Seguridad Social que encabeza el perredista Uriel López Paredes en accidentada y tensa reunión aprobó elevar la exención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a pensionados y jubilados que no superan los 25 salarios mínimos generales (SMG).

Durante su octava reunión ordinaria de trabajo se abordó el tema de la derogación del Art. 109 del ISR fracción tercera para que las pensiones y jubilaciones que superan los 9 salarios mínimos generales no sean gravados los excedentes con el ISR.

Los integrantes acordaron votar 3 opciones para eliminar esta situación. Primero votarían la exención total, si esta era rechaza pasarían a votar la propuesta de elevar a 12 salarios la exención y si esta tampoco prosperaba se votaría la propuesta de los 25 SMG.

En la votación de la primera opción se aprobó por mayoría exentar del pago de ISR a pensiones y jubilaciones con una votación de 12 votos a 8. Sin embargo, esta situación fue corregida cuando la diputada del Partido Acción Nacional (PAN) por Jalisco, Ana Elia Paredes Arciga, pidió que se contarán nuevamente los votos porque “vio que varios de sus compañeros no habían entendido lo que se había votado”

Durante el recuento diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI) como Armando Báez Pinal y Janet  González Tostado cambiaron la intención de su voto positivo a negativo, lo mismo para el legislador del Partido de la Revolución Democrática (PRD),  Rosendo Marín Díaz, que igualmente cambio su voto a negativo y manifestó que durante el recuento se dio el consenso a la aprobación de una exención a los 25 SMG.

En este transcurso el diputado del Partido del Trabajo (PT), Gerardo Fernández Noroña, tuvo intercambios con el presidente de la comisión López Paredes, a quien le manifestó que no dirigiera la intención del voto para apoyar la propuesta de los 25 SMG.

Los legisladores manifestaron que la exención de 25 salarios mínimos tendrá un costo fiscal de 24 mil millones de pesos al erario público y si se hubiera aprobado la exención total a los pensionados sería de 24 mil millones de pesos.

El presidente de la Comisión de Seguridad Social señaló que el 94 por ciento de los pensionados y jubilados no rebasan los 10 SMG.

Los integrantes de la comisión señalaron la necesidad de contar con una reforma fiscal para que se puedan elevar las pensiones y jubilaciones, pues las grandes empresas como Telmex que es la que más pagar en ISR tiene una tasa efectiva del 6 por ciento, mientras que Bimbo y Cemex es de uno y dos por ciento.

Asimismo, el perredista Marín Díaz señaló que Wal Mart pago fue 70 pesos de ISR y de IVA 75 pesos. A Telmex se le regresaron por el IVA 15 mil millones de pesos, de acuerdo con informes de la Auditoría Superior de la Federación.

El dictamen aprobado pasará al pleno de la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación.

 

 

CORDERO RECOMIENDA A PENSIONADOS ANALIZAR LA LEY ANTES DEL RETIRO

5 Agosto, 2010 – 00:43

El gobierno federal aseguró a los pensionados del Instituto Mexicanos del Seguro Social que pueden estar tranquilos.

El secretario de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Cordero, apoyó lo declarado por el Director del Instituto, ya que las pensiones seguirán como en el pasado. Por ello, “las pensiones del IMSS se seguirán calculando como se hacía anteriormente, de manera que no habrá afectación en los que ya reciben su pensión y los que están próximos a jubilarse”.

Recomendó a quienes están próximos a retirarse, que lean con mucho cuidado lo que establece la Ley del IMSS y elijan si se quieren jubilar de acuerdo con la Ley del 73 o a la de 1997.

Los que se retiren bajo la Ley del 73 lo harán bajo un esquema de reparto, esto es el gobierno federal aportará con la participación de todos los afiliados al Instituto las mensualidades del acreditado.

En caso de retirarse bajo la Ley de 1997, la pensión dependerá del ahorro individual del trabajador.

De acuerdo con datos de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) pasarán más de 10 años para que las personas obtengan más en su pensión bajo el nuevo sistema de retiro individual.

En este momento hay poco más de 40 millones de cuentas en el Sistema de Ahorro para el Retiro, de las cuales aproximadamente 20 millones son de trabajadores que podrían decidir retirarse bajo cualquiera de los dos esquemas.

Sin embargo, sólo 5% de éstos cotiza con más de 10 salarios mínimos.

Por la mañana, en San Lázaro, el Partido de la Revolución Democrática presentó una iniciativa para modificar la Ley del IMSS.

CREDITO: 

Redacción

 

JURISPRUDENCIA NO LEGISLA

5 Agosto, 2010 – 00:41

Por segunda vez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación realizó una serie de “precisiones” con respecto a la jurisprudencia sobre pensiones que resolvió el 9 de junio pasado y explicó que ésta no es obligatoria para el Instituto Mexicano del Seguro Social. En un comunicado, detalló varias partes del caso como antecedentes, la ruta de cómo llegó a la Corte y trató de responder las preguntas más frecuentes:

Antecedentes

Recordó que dos juicios de amparos de trabajadores contra el IMSS llegaron a tribunales colegiados del primer circuito (el decimosegundo y el decimotercero), que provenían de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Los trabajadores reclamaban el sistema de pensiones con tope de 25 salarios mínimos, mientras que el Seguro Social argumentaba que debían ser 10 salarios.

El decimosegundo tribunal colegiado dio la razón al IMSS y el decimotercero al trabajador.

La contradicción fue atraída por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual, en sesión privada el pasado 9 de junio, resolvió dar la razón al Instituto, por lo que emite jurisprudencia y tendrán que regirse en el futuro el sistema de pensiones y jubilaciones.

Obligatoriedad de la jurisprudencia

Conforme al artículo 192 de la Ley de Amparo, la jurisprudencia es obligatoria únicamente para los tribunales unitarios y colegiados de circuito, los juzgados de distrito y los tribunales de trabajo.

La jurisprudencia no es obligatoria para las autoridades administrativas, entre ellas el IMSS.

¿A quiénes resulta aplicable específicamente esta jurisprudencia?

A los asegurados que cotizaron en el régimen de 1973, vigente hasta el 30 de junio de 1997.

¿La Corte redujo el tope máximo de las pensiones de 25 a 10 veces el salario mínimo general?

No. La jurisprudencia no tiene por finalidad legislar, sino que se limita a interpretar la norma.

En el caso, interpretó el artículo 33 de la anterior Ley del Seguro Social, en el que ya se encontraba previsto el tope de 10 veces el salario mínimo general para el seguro de invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada.

¿La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación afectará derechos adquiridos?

No. La jurisprudencia no tiene por finalidad instruir al IMSS a reducir pensión alguna, porque no resulta obligatoria para las autoridades administrativas.

¿Está vigente el artículo 33 de la anterior Ley del Seguro Social?

No, a partir del 2007 el artículo 33 de la anterior Ley del Seguro Social está derogado.

¿Qué sigue?

A partir del 1 de julio de 1997 se encuentra en vigor la nueva Ley del Seguro Social, en cuyo artículo 28 se establece como límite superior del salario base de cotización el equivalente a 25 salarios mínimos generales en el Distrito Federal.

Este nuevo límite no entró en vigor de inmediato, pues el artículo 25 transitorio dispuso que fuera gradual, empezando en 15 salarios mínimos en 1997, hasta llegar a 25 salarios mínimos en el 2007.

La jurisprudencia únicamente resulta aplicable por los tribunales cuando tengan que resolver un caso concreto.

CREDITO: 

Redacción

 

FESTEJA IP DECISIÓN DE IMSS EN FAVOR DE PENSIONADOS

5 Agosto, 2010 – 00:38

El sector empresarial se congratuló porque el IMSS decidió mantener el tope de 25 salarios mínimos a las pensiones de los trabajadores.

Salomón Presburger, presidente de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin), dijo que el IMSS manejó la situación con prudencia, en defensa de los derechos de los trabajadores.

“Se manejó con prudencia y la gente no salió afectada, las cosas siguen como antes y qué bueno que se respetaron las cosas”, dijo.

Jorge Dávila Flores, presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo de México (Concanaco-Servytur), calificó la determinación como “responsable y justa”, al beneficiar a miles de personas que esperan tener “un retiro y una vejez dignas”.

Varias cámaras empresariales habían cuestionado que se redujera el tope máximo de 25 a 10 veces el salario mínimo general a los asegurados que decidan pensionarse conforme a la Ley del IMSS de 1973, cuya principal característica es que sólo requieren 500 semanas de cotización para jubilarse.

Dávila propuso generar estímulos atractivos para las empresas que contratan a trabajadores en edad de retiro y para los que difieren su situación de pensión después de alcanzar la edad límite, así como ampliar la base de trabajadores inscritos al IMSS.

La semana pasada, la Cámara Americana de Comercio (AmCham) vio “con preocupación” la posibilidad de que los trabajadores “puedan perder parte de las aportaciones que han efectuado al IMSS para obtener una pensión de vejez y cesantía en edad avanzada, y reciban como contraprestación una pensión reducida”.

CREDITO: 

Roberto Morales / El Economista

 

PENSIONADOS PUEDEN ESTAR TRANQUILOS: SHCP

4 Agosto, 2010 – 18:14

El secretario de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Cordero Arroyo, informó que las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) seguirán calculándose como en el pasado, por lo que los pensionados pueden ‘estar tranquilos’.

El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) reiteró que el gobierno federal acata la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno al cálculo de las pensiones.

Luego de dar a conocer la actualización de cifras de empleo en el país, sostuvo que no hay ninguna duda de que todas las pensiones que se pagan están de acuerdo con la Ley, sin embargo consideró que se debió analizar el alcance de la resolución emitida por la SCJN.

Por ello ‘las pensiones del IMSS se seguirán calculando como en el pasado. De manera que no habrá afectación en los que ya recibían su pensión y los que están próximos a jubilarse están haciendo sus cálculos’, aseguró en conferencia de prensa.

En todo caso, recomendó a quienes están próximos a jubilarse que lean con mucho cuidado lo que establece la Ley del IMSS y elijan si se quieren jubilar de acuerdo a la Ley de 1973 o a la de 1997.

Pero insistió en que ‘el cálculo de las pensiones se hace exactamente igual que en el pasado y no debe de haber ningún motivo de afectación’.

apr

FUENTE: 

Notimex

EN MANOS DEL EJECUTIVO, TEMA DE PENSIONES: IMEF

3 Agosto, 2010 – 17:36

Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación no admite y corrige el error que cometió con la jurisprudencia sobre el tope a las pensiones, el gobierno debe actuar para impedir esta injusticia, dijo el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).

En conferencia de prensa el presidente del organismo, Gustavo Rodarte, estableció que está en manos del Ejecutivo la solución, ya que tiene la facultad para emitir un decreto para enmendar ese descuido y evitar lesionar a los pensionados y las finanzas del IMSS.

Y es que, de aplicarse en ese sentido, el IMSS tendría que devolver 100,000 millones de pesos a un poco más de 1 millón de trabajadores afectados que han cotizado por arriba de 10 salarios mínimos.

“Estos recursos no le pertenecen al IMSS, en caso de aplicar el tope de 10 salarios mínimos, es un excedente que tiene que ser devuelto de inmediato”, advirtió.

El Seguro Social, dijo, no está en condiciones para enfrentar una situación así, ya que pesan sobre sus finanzas las pensiones propias de sus trabajadores.

Falta reforma

En ese sentido consideró que es necesario que se haga una reforma al régimen de jubilación de los trabajadores del IMSS, ya que es el principal tema que vulnera las finanzas del Instituto.

Comentó que se ha especulado que detrás de esta problemática se encuentra la Secretaría de Hacienda, teoría que rechazó porque eso supondría que la SCJN está subordinada a los intereses de otras dependencias.

“Una cosa es reconocer que la Corte está formada por seres humanos, que como todos podemos cometer errores técnicos y de sensibilidad, y otra muy diferente sería pensar que los propios ministros pudieran atentar contra la división de Poderes”, estableció.

Pero consideró que no se debe dejar pasar que el déficit en las finanzas del IMSS no tiene que ver con las pensiones de los cotizantes, ya que es un ramo con superávit.

Refirió que el año pasado el ramo de invalidez y vida reportó ingresos por 35,679 millones de pesos y gastos de 8,631 millones de pesos. Es decir, generó un remanente de 27,048 millones de pesos.

El déficit proviene del rubro de enfermedades y maternidad, en donde hay un descalabro de 29,606 millones de pesos.

lflores@eleconomista.com.mx

 

Lunes 02 de agosto de 2010

PASIVO DEL IMSS PEGA A TRABAJADORES

El Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP) informó que al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le hacen falta recursos financieros debido al acelerado ritmo que ha crecido su pasivo laboral.

El CEESP aseguró, con datos del análisis actuarial del IMSS, que en los últimos diez años el pasivo laboral del instituto creció a una tasa promedio anual de 20.8%, lo cual significa que sus pasivos pasaron de 196 mil millones de pesos en 1999 a poco más de 1.2 billones de pesos en 2009, que equivale a más de 101 millones de dólares.

El organismo dijo que la percepción que se tiene es que en busca de una solución a la insuficiencia financiera del IMSS, las autoridades intentan obtener recursos de donde sea, aun cuando los más afectados sean los trabajadores del sector privado.

El CEESP consideró que los trabajadores que laboran para el IMSS u otras instituciones públicas cuentan con otro tipo de contratos que les aseguran prestaciones excesivas, que en la mayoría de los casos los lleva a percibir pensiones superiores al 100% de lo que ganaban cuando eran trabajadores activos.

En opinión del organismo del sector privado, “el IMSS sugirió un incremento en las cuotas para aliviar su situación financiera, lo cual confirma la urgencia de recursos por parte del instituto”.

El CEESP advirtió que en lo referente al régimen de pensiones de los trabajadores del IMSS, así como de otros organismos públicos, ninguna autoridad ha intentado hacer modificaciones sustanciales.

“De tal forma que se seguirán pensionando por antigüedad y con ingresos por arriba de cualquier otro trabajador formal del país y el costo de mantener este régimen seguirá siendo considerablemente elevado”, dijo el organismo del sector privado.

ramiro.lucero@eluniversal.com.mx

 

 

ANALISTAS AÚN TIENEN DUDAS EN PENSIONES

IGNORAN CÓMO QUEDARÁN PAGOS DE 1.2 MILLONES DE TRABAJADORES

Aunque el anuncio de Daniel Karam Toumeh, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dispersó dudas entre los pensionados, sigue la incertidumbre de la decisión correspondiente entre aquellos que aún siguen cotizando.

Rubén Dávalos, socio a cargo de la práctica de Seguridad Social y Remuneración de la firma KPMG, detalló los alcances de la resolución y qué pasaría de ser aplicada la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para reducir de 25 a 10 salarios mínimos el tope de pensiones.

“No se verán afectados quienes ya reciben pensión y tampoco los que empezaron a trabajar en julio de 1997, pero si aplicaría al 1.2 millones de personas próximas a pensionarse con el esquema anterior entre el 20 de julio de 1993 y el 30 de julio de 1997”.

En promedio, una pensión de 10 veces el salario mínimo es 17 mil 200 pesos y la máxima para una de 25 alcanza los 43 mil pesos, lo que implica una reducción cercana al 60%.

Explicó que de ponerlo en práctica el IMSS, se tendría que analizar caso por caso y jurídicamente los empleados se pueden amparar y con un análisis jurídico de la situación particular, la Corte puede fallar a su favor, porque la situación de análisis sería diferente a la que sirvió de base para la jurisprudencia”.

El alcance no se limitaría a los individuos, pues la reducción también dañaría la integridad financiera de las casi 7 mil empresas que tienen planes de pensión privadas en el país.

“Por ejemplo, cuando el salario con el que alguien se pensiona es inferior al que recibe, si era de 100 salarios mínimos y el seguro le daba 25%, la empresa aportaba 75% y de reducirse el tope, tendrían que aportar 90%, generando una carga financera obligatoria para los patrones que en sus estatutos estipulen la complementación de la pensión del IMSS hasta el sueldo total”.

Mencionó que deben analizar su situación, definir si es viable sostener ese tipo de planes o de lo contrario reestructurarlos para lograr viabilidad del negocio pues no están facultados para apelar.

Otra alternativa —comentó—, es que cada trabajador tenga un plan de previsión para pensión y sea consciente de la suma que recibirá y la necesidad de complementarla para mantener su nivel de vida al envejecer”.

Carlos de la Fuente Aguirre, socio de la Práctica de Seguridad Social de la consultora Ernst & Young, calificó como un comentario a la inmediatez, la declaración de la Consar, el aseguró no existir riesgo porque el 90% de los asegurados perciben menos de 10 salarios mínimos.

“Hace un año la Consar en el Senado, dijo que espera 15 millones de jubilados dentro de régimen de la Ley de 1973, entonces ¿quién puede predecir el ingreso de esas personas, cuál será la expectativa y cuántas personas se verán más afectadas?”.

Recordó que se copió el modelo chileno que funciona bien, pero en México tendría fuerza a partir de 1997 y desde ahí contando 30 años pues para que funcione, se tenga suficiente dinero en las cuentas individuales y sean autofinanciables las pensiones.

eduardo.camacho@eluniversal.com.mx

 

 

INEFICIENCIA FINANCIERA, EL PROBLEMA EN EL IMSS

1 Agosto, 2010 – 13:17

La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el cálculo de las pensiones de los trabajadores que laboran en el sector privado tendría un impacto significativo sobre los ingresos de los pensionados y los que se pensionarán en el futuro.

El Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP) señaló además que la percepción sobre la jurisprudencia emitida por la SCJN, en la que se reduce de 25 a 10 salarios mínimos el nivel máximo para el cálculo de las pensiones, es que busca solucionar la ineficiencia financiera del IMSS.

Adicionalmente, señaló, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sugirió un incremento en las cuotas para aliviar su situación financiera, lo cual confirma la urgencia de recursos por parte de la institución.

Comentó que después de la jurisprudencia emitida por la Corte se dieron un cúmulo de opiniones encontradas en torno a su validez, pues la información ofrecida sobre el tema ha generado gran confusión sin que ninguna autoridad aclare con detalle tal resolución.

‘La percepción es que en busca de una solución a la insuficiencia financiera del IMSS, las autoridades intentan obtener recursos de donde sea, aun cuando los más afectados sean los trabajadores del sector privado’, añadió.

Comparó que los trabajadores que laboran para el IMSS u otras instituciones públicas cuentan con otro tipo de contratos que les aseguran prestaciones excesivas, que en la mayoría de los casos los lleva a percibir pensiones superiores al 100% de lo que ganaban cuando eran trabajadores activos.

En tanto, el resto de trabajadores formales de la economía, en muchos casos, sólo logran tener una pensión suficiente para subsistir, afirmó el organismo de investigación del sector privado en su publicación semanal ‘Análisis Económico Ejecutivo’.

‘De ser cierta la resolución de la Suprema Corte de Justicia, el impacto sobre los ingresos de los pensionados y los que se pensionarán en el futuro bajo el mecanismo de reparto, sería significativo’, sostuvo.

De acuerdo con el CEESP, esto iría en contra del objetivo de brindar una retiro digno para los asegurados, de mejorar el bienestar de la población y de reducir los niveles de pobreza.

Indicó que el IMSS también sugirió un aumento en las cuotas para aliviar su situación financiera, lo cual confirma su urgencia de recursos, pero respecto al régimen de pensiones del Instituto y otros organismos públicos no se han intentado realizar modificaciones.

De esta forma, añadió, se seguirán pensionando por antigüedad y con ingresos por arriba de cualquier otro trabajador formal del país y el costo de mantener este régimen seguirá siendo considerablemente elevado.

De acuerdo con el análisis actuarial del IMSS, en los últimos 10 años su pasivo laboral ha crecido a una tasa promedio anual de 20.8%, pasando de 196,000 millones de pesos en 1999 a 1 billón 291,693 millones de pesos en 2009.

Si bien este entorno es complicado y podría tener una fuerte incidencia en el dinamismo de la economía, otro aspecto que se debe tener en cuenta es la falta de claridad en la información, pues la transparencia es uno de los elementos más relevantes en la búsqueda de elevar la competitividad del país, anotó.

Estimó que otro aspecto que se infiere de esta coyuntura está relacionado con la falta de certeza jurídica, lo cual igualmente incide negativamente en la confianza de los inversionistas, que finalmente se puede reflejar en menores flujos de inversión productiva y por lo tanto en un menor impulso para el crecimiento.

apr

FUENTE: 

Notimex

FALTA CLARIDAD EN LA CORTE: CEESP

1 Agosto, 2010 – 20:07

El sector empresarial alertó que de aplicarse la jurisprudencia que emitió la Suprema Corte sobre la reducción al tope de las pensiones, el impacto sobre los ingresos de los pensionados y los que se jubilarán en el futuro bajo el mecanismo de reparto sería significativo e iría en contra de brindar una retiro digno para los asegurados, así como de reducir la pobreza.

El Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP) refirió que en los últimos 10 años su pasivo laboral ha crecido a una tasa promedio anual de 20.8%, pasando de 196,000 millones de pesos en 1999 a 1 millón 291,693 millones en el 2009, según el análisis actuarial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Si bien este entorno es complicado y podría tener una fuerte incidencia en el dinamismo de la economía, otro aspecto que se debe tener en cuenta es la falta de claridad en la información.

En el Análisis Económico Ejecutivo del CEESP, se criticó que en el régimen de pensiones del IMSS y otros organismos públicos no se han intentado realizar modificaciones, de tal forma que se seguirán pensionando por antigüedad y con ingresos por arriba de cualquier otro trabajador formal del país y el costo de mantener este régimen seguirá siendo considerablemente elevado.

Mientras que la jurisprudencia de la SCJN dictamina reducir el tope de las pensiones de 25 a 10, lo cual afectaría a más de 1 millón de derechohabientes del Seguro Social, puesto que los llevaría a jubilarse con menos de lo que guardaron para su vejez.

“La percepción es que, en busca de una solución a la insuficiencia financiera del IMSS, las autoridades intentan obtener recursos de donde sea, aun cuando los más afectados sean los trabajadores del sector privado”, refiere el organismo del CCE.

Los que laboran para el IMSS u otras instituciones públicas cuentan con otro tipo de contratos que les aseguran prestaciones excesivas, que en la mayoría de los casos los lleva a percibir pensiones superiores a 100% de lo que ganaban cuando eran trabajadores activos, mientras que el resto de trabajadores formales en muchos casos sólo logran tener una pensión suficiente para subsistir.

lgoznalez@eleconomista.com.mx

 

PENSIONES NO PELIGRAN: IMSS

1 Agosto, 2010 – 20:13

El monto de pensión que reciben las personas que actualmente están jubiladas no se verá reducido en los próximos días ni en los próximos años, afirmó Daniel Karam Toumeh, director del Instituto Mexicano del Seguro Social.

En su primera aparición ante medios, luego de que la Segunda Sala de la Corte emitió la jurisprudencia para establecer un tope salarial al pago de pensiones, el funcionario habló en conferencia de prensa y aclaró que las implicaciones que pudiera tener una disminución en el pago de pensiones de 25 a 10 salarios mínimos sólo serían para los nuevos jubilados.

“Las pensiones de los 2.5 millones de jubilados que han venido cotizado en el Seguro Social no tienen nada de qué preocuparse; éstas están garantizadas”, aseguró.

Actualmente, el Instituto se encuentra analizando cuál será la postura que tomará el Instituto sobre el dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); sin embargo, adelantó que el IMSS se apegará a lo que indique la ley.

“El IMSS está analizando las implicaciones que se tendrían. El Instituto siempre actuará de acuerdo con lo que dice la ley”, afirmó Karam.

Indicó que la difícil situación financiera del Instituto no es un tema por el cual se pongan en riesgo el pago de pensiones.

El Director del IMSS habló luego de que se pospuso la reunión del Consejo Técnico donde se habría de analizar las implicaciones de la decisión de la Corte.

Entrevistado al respecto, José Luis Carazo, consejero técnico, dijo que el encuentro se había suspendido, dado que el jurídico del IMSS aún no concluye con el análisis de la jurisprudencia que emitió la Corte el pasado 9 de junio.

Cabe mencionar que, en dicha jurisprudencia, la SCJN determinó que en términos del artículo 33 de la Ley del Seguro Social de 1973 es “claro que el límite superior de 25 veces el salario mínimo está vinculado únicamente con los seguros de enfermedad y maternidad, mientras que el límite superior de 10 veces el salario mínimo regirá y servirá de tope salarial para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte”.

Asimismo, informó que en el transcurso de la semana se citará una nueva reunión.

Se espera que hoy los ministros de la SCJN se integren a sus labores después de su periodo vacacional y puedan aclarar algunos puntos del dictamen que emitieron.

El Director del IMSS enfatizó que se han manejado diversas interpretaciones que deben ser aclaradas. La Corte aclaró la semana pasada que esta resolución es una contradicción de tesis y sólo afecta a quienes se jubilen bajo la ley del IMSS de 1973.

CREDITO: 

Y. Torres y P. Martínez / El Economista

 

IMSS GARANTIZA PAGO A PENSIONADOS

30 Julio, 2010 – 13:53

El monto de pensión que reciben las personas que actualmente están jubiladas no se verán reducidas en los próximos días, ni en los próximos años, afirmó Daniel Karam, director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Lo anterior al referirse a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la reducción al monto de pensiones, pasando de 25 salarios mínimos a 10.

El funcionario indicó que se debe existir la certeza de que no es un tema que la propia difícil situación financiera del instituto este señalando y que por ello se pongan en riesgo las pensiones que se pagan.

En rueda de prensa informó que se encuentran analizando cual será la postura que tomará el instituto sobre el dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sin embargo, adelantó que el IMSS se apegará a lo que indique la ley.

“El IMSS está analizando las implicaciones que se tendrían. El Instituto siempre actuará de acuerdo a lo que dice la ley”, afirmó.

Actualmente los ministros de la SCJN se encuentran de vacaciones, será hasta el lunes 2 de agosto cuando se integren a sus labores y puedan explicar el dictamen.

ytorres@eleconomista.com.mx

 

 

INFONAVIT VA TRAS 10 MILLONES DE AFILIADOS

30 Julio, 2010 – 00:18

A partir de agosto, los pequeños contribuyentes del país podrán afiliar a sus trabajadores al Seguro Social y al Infonavit.

Los negocios bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) tendrán la opción de dar aportaciones aproximadas a 500 pesos mensuales por cada uno de sus empleados para cubrir tanto el pago del Infonavit como del Seguro Social, informó Joaquín Escamilla Orozco, subdirector de Recaudación Fiscal del Infonavit.

Actualmente existen 10 millones de posibles afiliados que tendrán que ser registrados para que puedan ser acreedores a un crédito de vivienda, reveló Escamilla Orozco.

“Vamos a acercarnos a las personas que estén en ese sector, a los que estén dados de alta como Repecos, para ellos estamos revisando las bases del Servicio de Administración Tributaria (SAT)”, explicó.

El programa de registro será voluntario, pero acotó: “En el caso de los Repecos, cuando la relación laboral es muy clara, es una obligación”.

Carga adicional

La medida es una carga adicional para los pequeños negocios; sin embargo, cubrirá la responsabilidad moral que tienen los empresarios hacia sus empleados, aseguró Gerardo Aparicio Yacotú, investigador de la Carrera de Finanzas de la Universidad Panamericana.

“Para algunas empresas esto les generará una gran alarma, porque mirarán hacia atrás y se darán cuenta que tenían un ahorro, pero sin transparencia, sin responsabilidad social”, explicó.

El especialista afirmó que la medida fiscal será difícil de aceptar, debido a los costos que generará al patrón y al empleado, pero que en el transcurso del tiempo dejará diversos beneficios.

Acciones

Escamilla Orozco informó que comenzarán con la dinámica de identificar a los trabajadores que se encuentran dentro del sector para analizar cuáles de éstos deberían ser afiliados.

Lo anterior debido a que en los pequeños negocios a veces laboran familiares por pequeños lapsos, entonces se analizará qué trabajadores deberían ser registrados ante el Infonavit.

“Por ejemplo, un restaurante que tenga varios meseros tiene la obligación de realizar las contribuciones ante el IMSS, como al Infonavit, aquí el chiste es cuando la relación no es tan clara, por ejemplo, en una miscelánea cuando está trabajando el sobrino y el dueño de ésta, ahí podríamos decir que no existe una relación laboral”, explicó.

El Infonavit aclaró que no se desarrollarán acciones de fiscalización sobre el pago de las aportaciones, sólo se encargará de recordarles la fecha para efectuar el pago. El trabajador será dado de baja cuando el patrón deje de cumplir con sus aportaciones por dos periodos o más.

Empleados domésticos

También como parte del Programa Infonavit para Todos, culminó la primera etapa de afiliación de trabajadores domésticos. A partir del lunes el registro se podrá realizar en todo el país.

Desde el lanzamiento del programa, 216 personas se registraron como patrones para poder pagar las cuotas de sus empleados.

Actualmente, 116 trabajadores domésticos se encuentran afiliados ante el Infonavit para cotizar un crédito de vivienda.

“Primero existe el proceso de inscripción por parte del patrón y después se afilia a los trabajadores, esto debido a que muchas veces el trabajador no cuenta con la documentación que se requiere”, dijo.

ytorres@eleconomista.com.mx

 

LA ÚLTIMA PALABRA LA TIENE HACIENDA: IP

29 Julio, 2010 – 21:14

La Secretaría de Hacienda tendrá que tomar la última palabra y definir si se reduce de 25 a 10 salarios mínimos el tope a las pensiones de los derechohabientes del Seguro Social como lo dictamina la jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN, ya que es la dependencia responsable del uso de los recursos, afirmó Salomón Presburger, presidente de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin).

No obstante, el líder de los industriales del país advirtió que de no solucionarse el dictamen en favor de los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), quienes han pagado su pensión por años, los empresarios recurrirán al Legislativo para que proteja a los jubilados, incluso para que se reforme la Ley del Seguro Social.

A partir del próximo lunes, dijo, se pedirá a la Corte el detalle de la jurisprudencia para reducir el tope de las pensiones, y se analizará porque existe gran confusión.

También, se solicitará una reunión con Hacienda para impedir se sacrifique las pensiones de los jubilados a cambio de cubrir las finanzas del IMSS, informó.

En entrevista, Presburger calificó como “terrible” la posible afectación a más de 1 millón de personas con edad de 60 a 75 años, en donde se prevé que la clase media salga como la más afectada.

“No es justo. Estamos esperando la postura de la dirección del IMSS. Como miembro del Consejo Técnico voy a seguir dando mi opinión. Una cosa es la ley, pero no es correcto quitarle a la gente quitarle su dinero”, estableció.

El dirigente industrial dijo que las finanzas del Seguro son “terribles e insostenibles”, lo que puede llevarlo a la quiebra, sin embargo, las prestaciones de los trabajadores del IMSS nadie las toca.

lgonzalez@eleconomista.com.mx

 

 

«GRAVÍSIMO ERROR», ELEVAR CUOTAS OBRERO-PATRONALES: IP”

29 Julio, 2010 – 22:41

Elevar las cuotas obrero-patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hará más difícil la operación de las empresas, desestimulará la creación de empleos y aumentará la economía informal, advirtió Ismael Plascencia Núñez.

El Presidente de la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de la Vivienda (Canadevi) opinó que sería ‘un gravísimo error’ el aumento, ahora que comienza a repuntar el mercado interno y se está consolidando la recontratación de trabajadores.

A través de un comunicado, consideró que si las finanzas del IMSS presentan una situación que compromete el cumplimiento de sus funciones, hay que emprender un esfuerzo integral de revisión y ajuste, para eliminar ‘el pesado lastre que afecta su operación’.

El rescate del Instituto requiere un programa de reestructuración integral, ‘no aspirinas que calmen el dolor sin atender sus causas’, por lo que expresó su rechazo al aumento de las cuotas obrero-patronales.

El representan gremial reconoció que los ingresos del IMSS resultan insuficientes para cubrir sus gastos y que el déficit acumulado compromete su viabilidad financiera, por lo que el desafío es enorme.

Además, calificó de ‘injusto pretender que las empresas del país carguen con la mayor parte del ajuste, ya que elevar las cuotas obrero-patronales hará más difícil la operación de las empresas, y bajará el ritmo de creación de plazas laborales’.

apr

FUENTE: 

Notimex

 

PESARÁ VOTACIÓN DE OBREROS Y PATRONES

29 Julio, 2010 – 21:11

La decisión de aplicar o no la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para poner un tope salarial a las pensiones en 10 salarios mínimos está en los 12 representantes del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social y que integran patrones, obreros y gobiernos, y en donde al menos ocho votos estarían en contra.

En representación del Ejecutivo federal se encuentran los secretarios del Trabajo, Javier Lozano Alarcón; de Salud, José Ángel Córdova, y de Hacienda, Ernesto Cordero, de quienes no se conoce claramente la postura que fijarán ante el Consejo Técnico en la reunión que se prepara para las primeras semanas del mes de agosto.

Por la parte patronal se encuentran Salomón Presburger Slovik, Ismael Plascencia Núñez y León Halkin Bider, todos de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos; además de Jorge Enrique Dávila Flores, perteneciente a la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.

Octavio Carbajal, presidente de la Comisión de Trabajo de la Concamin, tuvo una reunión con el Director del IMSS para fijar su postura a efecto de que no se aplique el criterio de la SCJN, “en virtud de la problemática que esto implicaría, teniendo como consecuencia, entre otras cosas, reducción de las pensiones hasta en 60 por ciento”.

Así, la postura que ha fijado el sector patronal es de rechazo total a disminuir el pago en las pensiones de los más de 1 millón de trabajadores que se verían afectados.

Por la parte obrera, la representación en el Consejo Técnico está a cargo de José Luis Carazo Preciado, de la Confederación de Trabajadores de México; Mario Martínez Héctor, de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos; Ignacio Cuauhtémoc Paleta, de la Confederación Regional Obrera Mexicana, y Constantino Romero González, del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos.

pmartinez@eleconomista.com.mx

 

ESTIMA IMSS MENOS INGRESOS

29 Julio, 2010 – 20:45

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrá menos ingresos en los próximos tres años, entre otras razones porque no crecerá de manera importante el número de asegurados y los salarios reales serán menores, lo que incrementará el déficit entre los ingresos y egresos del organismo.

En el documento “Panorama General de la Situación Financiera del IMSS”, se detalla que desde el 2009 ya se registraron dificultades en los ingresos que fueron del orden de 225,479 millones de pesos para solventar gastos totales por 203,623 millones de pesos.

“Las perspectivas de corto plazo son desfavorables, debido a que el crecimiento de los asegurados y de los salarios son significativamente menores al pasivo laboral y al gasto en servicios de personal, lo cual origina insuficiencia en la disponibilidad de flujo de efectivo a partir del 2010”.

Respecto del incremento en el número de asegurados, el IMSS consideró que éste será a penas de 1.8% y el crecimiento de los salarios reales sería de apenas 1.4 por ciento.

pmartinez@eleconomista.com.mx

 

DETERIORO DEL IMSS, CULPABLE DEL DICTAMEN DE LA SCJN

28 Julio, 2010 – 20:46

El Congreso de la Unión envió un mensaje de preocupación a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por el fallo emitido por su Segunda Sala, con el cual se reduce de 25 a 10 salarios mínimos el tope de las jubilaciones a los derechohabientes del IMSS.

Los legisladores explicaron que la falta de recursos para atender las necesidades del IMSS es el trasfondo de la decisión que la Suprema Corte de Justicia de la Nación tomó para poner un tope a las pensiones.

Mediante un punto de acuerdo aprobado por unanimidad de todas las fuerzas políticas, la Comisión Permanente del Congreso consideró que esa medida afectará a 1 millón 217,000 trabajadores.

Previamente, los senadores priístas Carlos Aceves del Olmo, Fernando Castro Trenti y Ricardo Fidel Pacheco, quienes promovieron el punto de acuerdo, consideraron que el argumento de la Corte contraviene lo establecido en el Artículo 14 de la Constitución, pues está aplicando retroactivamente una norma.

Por su parte, Uriel López Paredes, presidente de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados informó que el IMSS se encuentra en quiebra técnica.

El año pasado se aprobó que tomarán de sus reservas 16,000 millones de pesos para el pago de sus jubilados dentro del ejercicio del 2010. El presupuesto aprobado para el Instituto fue de 470,000 millones de pesos incluyendo el monto extraído de las reservas, para este año prevén que solicite 18,000 millones de pesos, situación que poco a poco acabará con las reservas del organismo, explicó López Paredes.

El Diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) demandó la intervención de especialistas para que aclaren el impacto de la decisión de los ministros Jorge Hernández Hernández, legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) afirmó que lo que busca la Suprema Corte es ocultar el mal manejo de las finanzas del IMSS.

“No cuenta con recursos para pagar pensiones y están buscando como obtenerlos para evitar esos pagos el próximo año, el trasfondo político se debería de separar del análisis jurídico”, expresó Valdemar Gutiérrez Fregoso, legislador del Partido Acción Nacional (PAN) expresó que no permitirán que se llevé a cabo la resolución de la Corte, debido que se afectaría a 1 millón 200,000 trabajadores, además de que la decisión provocaría conflicto con organizaciones sindicales en el futuro.

Además acordaron llamar a comparecer a Daniel Karam, director del IMSS y solicitar al Consejo Técnico del IMSS el rechazo de la resolución que perjudica a los trabajadores.

valores@eleconomista.com.mx

CREDITO: 

Y. Torres y J. Monroy / El Economista

 

CCE RECHAZA AUMENTO DE CUOTAS PATRONALES

28 Julio, 2010 – 18:37

El presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Mario Sánchez Ruiz, aseguró que todavía hay margen de maniobra para hacer más eficiente al IMSS, por lo que rechazó cualquier propuesta de aumentar las cuotas obrero-patronales para sanear las finanzas del instituto.

Entrevistado en la presentación del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) en el INEGI, dijo que lo más importante es ampliar la base gravable y lograr que la informalidad también participe en el mantenimiento de las instituciones.

‘La solución no va a ser estar pensando cada año en subir las cuotas y los impuestos, cortar el oxígeno a las empresas que lo requieren para seguir desarrollándose y contratar más personal, significaría destinar al país a que no crezca’, sostuvo.

Todos los impuestos explicó, van directamente a afectar a la utilidad y flujo que generan las empresas; ‘entre más les quitas, menos van a generar’.

Recordó que están registradas 4.3 millones de unidades económicas en todo el país, e indicó que lo que se requiere es que generen empleos, por lo que recomendó no incrementar más los gastos.

En cuanto a la reducción del tope a 10 salarios mínimos para las pensiones, como lo ha planteado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dijo que no hay una claridad sobre el tema, por lo que es necesario saber a ciencia cierta lo que se decidió y cuál será la posición que tomará el IMSS sobre sus futuros pensionados.

Reforma fiscal

Por otra parte, al referirse a la propuesta de reforma fiscal que discuten los organismos del CCE y que esperan presentarla al Congreso de la Unión en septiembre, una vez que empiece el periodo ordinario de sesiones, sólo adelantó que el sector privado buscará que no se aumenten los impuestos para las empresas.

En ese sentido, confió en que habrá una propuesta del CCE por consenso, aunque no dio detalles sobre planteamientos como la tasa del IVA y si se aplicaría en forma generalizada, ni tampoco respecto al Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Especial a Tasa Unida (IETU).

apr

FUENTE: 

Notimex

 

LEGISLADORES, EN CONTRA DEL DICTAMEN DE LA SCJN

28 Julio, 2010 – 15:26

La Comisión de Seguridad Social del Congreso de la Unión se manifestó en contra de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la reducción a las pensiones y solicitarán al director del Instituto Mexicano del Seguro Social, Daniel Karam Toumeh a comparecer en la próxima sesión ordinaria.

Los diputados integrantes de la Comisión coincidieron que en el transfondo del dictamen de la Corte se encuentran las finanzas del IMSS, por lo que será necesario que el director del instituto expliqué la situación en la que se encuentra el instituto.

Jorge Hernández Hernández, legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) afirmó que lo que busca la Suprema Corte es ocultar el mal manejo de las finanzas del IMSS.

“No cuenta con recursos para pagar pensiones y están buscando como obtenerlos para evitar esos pagos el próximo año, el transfondo político se debería de separar del análisis jurídico”, expresó

Uriel López Paredes, presidente de la Comisión de Seguridad Social informó que el IMSS se encuentra en quiebra técnica. El año pasado se aprobó que tomarán de sus reservas 16,000 millones de pesos para el pago de sus jubilados dentro del ejercicio del 2010.

El presupuesto aprobado para el instituto fue de 470,000 millones de pesos incluyendo el monto extraído de las reservas, para este año prevén que solicite 18,000 millones de pesos, situación que poco a poco acabará con las reservas del organismo, explicó López Paredes.

El diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) demandó la intervención de especialistas para aclaren el impacto de la decisión de los ministros.

Valdemar Gutiérrez Fregoso, legislador del Partido Acción Nacional (PAN) expresó no permitirán que se llevé a cabo la resolución de la Corte, debido que se afectaría a 1 millón 200,000 trabajadores, además de que la decisión provocaría conflicto con organizaciones sindicales en el futuro.

“Si permitimos este atropello, los sindicatos cuando tengamos un revisión contractual, también tratarán de modificar nuestro régimen en jubilaciones y pensiones”, dijo.

Durante la cuarta sesión ordinaria, los integrantes de la Comisión se manifestaron en contra del dictamen y acordaron emitir un documento donde expresen su rechazo y soliciten la intervención de especialistas para que aclaren hasta donde afecta la resolución y el impacto que éste tendrá en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Por otro lado, acordaron solicitar al Consejo Técnico del IMSS el rechazo de la resolución.

ytorres@eleconomista.com.mx

 

JURISPRUDENCIA NO APLICA A TODOS LOS ASEGURADOS: SCJN

28 Julio, 2010 – 00:24

La Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que la jurisprudencia emitida en el tema de las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social en el que se limita a 10 salarios mínimos, no aplica a todos los asegurados, aunque no delineó quienes serán los trabajadores afectados por este criterio.

En un comunicado, la Segunda Sala del máximo tribunal del país refirió que la jurisprudencia únicamente interpreta el texto del artículo 33 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, y resulta aplicable a los juicios laborales en que se reclamen pensiones de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada conforme a ese régimen.

En este sentido, comentó que a partir del 1 de julio de 1997 se encuentra en vigor la nueva Ley del Seguro Social, en cuyo artículo 28 se establece como límite superior del salario base de cotización el equivalente a 25 salarios mínimos generales en el Distrito Federal, de manera general para todos los ramos de aseguramiento.

“De esta manera, la jurisprudencia mencionada no resulta aplicable a los asegurados que decidan pensionarse conforme a la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997”, precisó.

Asimismo, agregó que la jurisprudencia tampoco deja sin efectos el texto del artículo 28 de la Ley del Seguro Social de 1997, pues, insistió, únicamente interpretó el texto del artículo 33 de la ley derogada.

Al respecto, el especialista en temas laborales de la Universidad Nacional Autónoma de México, Alfonso Bouzas, calificó la aclaración de la Corte como algo “obvio” y que fue en respuesta a la “incertidumbre generalizada” que se despertó por la jurisprudencia.

“Ciertamente, la ley de 1997 otorga una jubilación hasta por 25 salarios mínimos, pero rige los términos para obtenerla: mayor tiempo de cotización, mayor periodo promedio. Entonces si quisiera pensar mal, esta resolución la toma la Corte con la intención de aventar a toda la gente que se quiera jubilar al nuevo régimen”.

¿Mandaría a todos a la ley del 97 entonces?

“Así es, con un engaño: ‘Puede alcanzar hasta 25 salarios mínimos’, nada más que vamos a ver quiénes los alcanzan. Nos vamos a dar cuenta de que a lo mejor, en la mayoría de los casos, el resultado es más negativo que incluso la interpretación nefasta limitada que hizo la Corte”.

¿Y a quién afecta la resolución entonces? Sólo a los que están bajo la hipótesis de la ley de 1973; es decir, gente que empezó a cotizar con anterioridad a 1997. Todos los que empezaron a cotizar a partir de ese año caen claramente en la ley del 97.

obrito@eleconomista.com.mx

 

PREOCUPA A CONGRESO RECORTE A PENSIONES

27 Julio, 2010 – 23:11

El Congreso emitirá este miércoles un pronunciamiento de preocupación por el fallo emitido por la Segunda Sala de la (SCJN), que reduce de 25 a 10 salarios mínimos el tope de las jubilaciones a los derechohabientes del IMSS, pues se prevé que afectará a más de 1 millón de pensionados.

Al celebrar este martes su segunda reunión desde que inició el periodo de receso en mayo, la primera comisión del Congreso, que preside el perredista Guadalupe Acosta Naranjo, acordó que el pleno del Congreso emitirá hoy un pronunciamiento donde se hará saber a la SCJN que ha recogido la preocupación de trabajadores sobre el fallo que emitió sobre la reducción del tope de pensiones.

Los senadores priístas Carlos Aceves del Olmo, Fernando Castro Treni y Ricardo Fidel Pacheco, consideran que el argumento de la Corte contraviene a lo establecido en el Artículo 14 de la Constitución, pues se estaría aplicando retroactivamente una norma en perjuicio de un millón 217,000 trabajadores.

“La Comisión Permanente hace saber a la SCJN, para efectos legales a que haya lugar, recogiendo la preocupación que ha generado entre la clase trabajadora pensionaria del país, la tesis de jurisprudencia que define el tope de referencia de salarios mínimos para calcular las pensiones por otorgar que puede perjudicar a más de un millón de pensionados”, refiere el punto de acuerdo que hoy se aprobará en medio de un debate de los legisladores.

apr

CREDITO: 

Redacción / El Economista

 

RESOLUCIÓN DE LA CORTE IGNORÓ LEY DE 1973

27 Julio, 2010 – 22:05

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ignoró en su resolución sobre el tope salarial para fijar las pensiones, dos disposiciones de la Ley del Seguro Social, aseguró la firma global de abogados Baker & McKenzie.

En entrevista, Ricardo Martínez, abogado laboral de la firma, explicó que hay dos artículos que no se tomaron en consideración, tanto el artículo 33 de la ley de 1973, como el 25 transitorio de la ley vigente de 1997.

El primero se refiere a la forma cómo calcular las pensiones y se estipula claramente: “El salario base de cotización tiene como límite superior el equivalente a 25 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal”.

El segundo, que se refiere al artículo transitorio, detalló Martínez, es para efectos de la cotización de los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, cuyo límite superior es 10 veces el salario mínimo, no así para fijar el pago en pensiones.

En caso de que el IMSS decida aplicar el criterio de la SCJN, aseguró, los jubilados verían reducida significativamente su expectativa de pensión.

Este efecto tendría repercusiones en los planes de pensiones privados, cuya finalidad es la de complementar la pensión que otorga el IMSS “y eso es muy claro, habría un impacto financiero derivado de la aplicación de dicho criterio”.

Otro punto importante a considerar, que hasta ahora no se encuentra definido, es el tratamiento que el IMSS dará a las personas que hoy están jubiladas bajo el régimen de 1973, cuya pensión se cuantificó considerando el límite superior de 25 veces el salario mínimo.

“Esto sólo podría surtir efectos a futuro, pero tendría un impacto inmediato, no sólo en los jubilados que sufrirían una reducción en su pensión, sino también en los planes de pensiones complementarios, al verse incrementada la obligación de pago, por tales ajustes”.

Aunque es preocupante, “no es necesario que se aclare nada, simplemente con no aplicar (el criterio de la Corte) es suficiente, porque no se hizo un análisis integral de todos los artículos y eso no da pie a que el IMSS empiece a otorgar pensiones menores a 25 salarios mínimos”.

Posible encuentro

Fuentes del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) adelantaron que este miércoles se espera un nuevo encuentro entre la parte patronal, obrero y gobierno, con el fin de analizar el impacto y los alcances que puede sentar en el futuro la jurisprudencia.

pmartinez@eleconomista.com.mx

 

PIDEN A SCJN REVISAR JURISPRUDENCIA SOBRE PENSIONES

27 Julio, 2010 – 21:08

La Primera Comisión de la Comisión Permanente manifestó su preocupación a la SCJN por el fallo que reduce las pensiones de los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pues afectará a más de un millón de pensionados.

También solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que revise dicha resolución, y que al hacerlo tome en cuenta la preocupación de la clase trabajadora del país y los efectos de la resolución.

La propuesta fue presentada por los senadores de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Fernando Castro Trenti, y de la Revolución Democrática (PRD), Silvano Aureoles, quienes pidieron a la SCJN que modifique el fallo del pasado 9 de junio sobre las pensiones del IMSS.

Incluso, Aureoles también sugirió pedir a los ministros de la SCJN que ‘nos reciban para hacer una reflexión sobre este asunto, que es esencial para los trabajadores afectados ya de por si disminuidos por los bajos salarios’.

Sin embargo, el senador del Partido Acción Nacional (PAN), Alejandro González Alcocer, se opuso a la propuesta por considerar que sin conocer a fondo la resolución se está pidiendo a la Corte que modifique su decisión.

En cambio, el diputado federal del PAN, Carlos Alberto Cuevas, estuvo a favor, siempre y cuando se modificara para manifestar simplemente la preocupación de la Comisión Permanente por dicha resolución, sin ninguna exigencia.

Finalmente, el senador priista Fidel Pacheco planteó una nueva redacción, que fue aprobada por la comisión que preside el diputado del PRD, Guadalupe Acosta Naranjo.

El dictamen aprobado será presentado al pleno de la Comisión Permanente en la sesión de este miércoles, para su discusión definitiva.

apr

FUENTE: 

Notimex

 

MALINTERPRETA IMSS RESOLUCIÓN DE LA CORTE: DI CONTANZIO

27 Julio, 2010 – 21:05

El secretario de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, Mario Di Costanzo, advirtió que si el consejo técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reduce el porcentaje de las jubilaciones habrá de causar una desestabilización social.

Adelantó que si dicho consejo determina disminuir la pensión máxima de 25 a 10 salarios mínimos ‘tendrá que enfrentarse con el Congreso de la Unión’.

‘Si Daniel Karam quiere renunciar, que renuncie, pero que no nos deje el conflicto social como el que se va a generar’, aseveró.

El legislador petista consideró que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está mal interpretada por el IMSS, ya que se refiere a un pequeño grupo de pensionados con la ley anterior de 1997, la cual establece una pensión máxima de 20 salarios mínimos y cuando se modifica la misma a partir de 1997 se establece la pensión máxima de 25 salarios mínimos.

Este grupo de personas que se jubiló con la ley anterior, es decir con 10 salarios mínimos, quería que se le subiera a 25, esto es lo que la SCJN declaró que no se puede.

‘Lo están malinterpretando porque en lugar de subir a los viejos, quieren subir a los nuevos, es decir, están malinterpretando la resolución en conveniencia con el Instituto’, sostuvo.

Mario Di Costanzo apuntó que de los dos millones y medio de pensionados del Seguro Social, dos millones 100 mil reciben una pensión menor a dos salarios mínimos, por lo que cuestionó, dónde está el quebranto del sistema de pensiones.

apr

FUENTE: 

Notimex

SCJN ACLARA DECISIÓN SOBRE PENSIONES

27 Julio, 2010 – 20:09

La Suprema Corte de Justicia de la Nación aclaró que la jurisprudencia emitida en el tema de las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social en el que se limita a 10 salarios mínimos, no aplica a todos los asegurados.

En un comunicado, la Segunda Sala del máximo tribunal del país explicó que la jurisprudencia únicamente interpreta el texto del artículo 33 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, y resulta aplicable a los juicios laborales en que se reclamen pensiones de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada conforme a ese régimen.

En este sentido, refirió que, a partir del 1 de julio de 1997 se encuentra en vigor la nueva Ley del Seguro Social, en cuyo artículo 28 se establece como límite superior del salario base de cotización el equivalente a 25 salarios mínimos generales en el Distrito Federal, de manera general para todos los ramos de aseguramiento.

De esta manera, la jurisprudencia mencionada no resulta aplicable a los asegurados que decidan pensionarse conforme a la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997”, precisó.

Asimismo, agregó que la jurisprudencia tampoco deja sin efectos el texto del artículo 28 de la Ley del Seguro Social de 1997, pues, insistió, únicamente interpretó el texto del artículo 33 de la ley derogada de 1973.

Dicha Sala recordó que la jurisprudencia deriva de la resolución dictada en la contradicción de tesis 143/2010 y que el origen de ésta fueron dos juicios laborales resueltos por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en los que se reclamaron del IMSS el otorgamiento de una pensión de vejez y una por cesantía en edad avanzada, respectivamente, conforme al régimen de la legislación de 1973.

La SCJN informó que hizo las precisiones anteriores “con motivo de publicaciones que se han producido en los últimos días en diversos medios de comunicación, en torno a la jurisprudencia 85/2010 aprobada el pasado 9 de junio”.

apr

CREDITO: 

Omar Brito / El Economista

 

MODIFICARÍAN LEGISLADORES LEY DE PENSIONES: PRD

26 Julio, 2010 – 22:40

La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el tope a las pensiones disminuyéndolas de 25 a 10 salarios mínimos es injusta, por lo que se analizará realizar modificaciones a la ley, afirmó el diputado Uriel López Paredes, presidente de la Comisión de Seguridad Social del Congreso de la Unión.

El Diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) explicó que la facultad que tienen como legisladores es precisar los términos de la ley, sin embargo, adelantó que los integrantes de la comisión se reunirán para analizar a fondo la resolución de la Corte.

“Lo que nosotros podríamos hacer es modificar la ley, ésa es nuestra tarea legislativa, eso es lo que veremos el próximo miércoles”, destacó.

López Paredes informó que la Comisión de Seguridad Social trabaja en un posicionamiento sobre el dictamen para enviarlo al pleno en el momento que inicie el periodo ordinario de sesiones.

“Estamos viendo una posición, sin embargo, no podemos hacer nada, porque es la Suprema Corte”, dijo.

El Presidente de la Comisión de Seguridad Social reveló que no todos los jubilados resultarán afectados, debido a que la resolución impactará directamente a los trabajadores que tengan arriba de 11 salarios mínimos.

“No todos los pensionados que serían afectados tienen 25 salarios mínimos, ahí se va a afectar a los que tienen de 11 para arriba”, expuso.

Alfonso Navarrete Prida, integrante de la Comisión de Régimen Reglamento y Prácticas Parlamentarias, expresó que la decisión de la Suprema Corte es un golpe de brutalidad a más de 1 millón de familias mexicanas, por lo que se tiene que analizar el marco legal del cual se basó la Suprema Corte para realizar el dictamen.

El Diputado del Partido de la Revolución Institucional (PRI) informó que independientemente de que la decisión de la Corte esté apegada al marco de legalidad, buscarán realizar modificaciones de carácter legal.

Navarrete Prida indicó que si es un problema de un aspecto técnico de una interpretación dudosa o perjudicial, se debe de corregir en el ámbito legislativo.

“El equipo económico del grupo parlamentario del PRI está trabajando en un análisis claro sobre la resolución para que si es el caso, por vía legislativa se pueda corregir el tema”, aseveró.

Por otro lado, Germán Contreras, diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) e integrante de la Comisión de Seguridad Social, se manifestó en contra del dictamen de la SCJN.

“En esta semana trataremos este tema, no es justa la resolución debido a que afecta a la ya precaria pensión de los trabajadores”, refirió.

ytorres@eleconomista.com.mx

 

CTM NO PERMITIRÁ TOPE EN JUBILACIÓN

26 Julio, 2010 – 22:36

La Confederación de Trabajadores de México (CTM), como integrante del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), concluyó que no permitirá que se disminuya el pago de pensiones y sean menores a 25 salarios mínimos.

“Vamos a exigir ante el Consejo Técnico del IMSS que esos 25 salarios mínimos se respeten, porque los trabajadores durante toda su vida han estado cotizando para obtener un beneficio de pensión y no es posible que una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación abata un derecho que ya se tiene ganado”, afirmó José Luis Carazo, representante obrero en el Consejo Técnico del Instituto.

En entrevista, sostuvo que tras un análisis profundo que realizó la central obrera de mayor representación en el país, fijaron una postura y será la de “defender el pago de las pensiones, así sea la de un trabajador”.

Puntualizó que el encargado de emitir la jurisprudencia que establece el tope salarial de las pensiones en 10 salarios mínimos fue el ministro Sergio Valls, quien fungió como Director Jurídico del IMSS en la época de Santiago Levy, no deja claras algunas cuestiones, como qué pasará con las personas que están en tránsito después de los cambios que se realizaron a la Ley del Seguro Social en esta materia y que aplicaron en 1997.

El representante obrero descartó que esto traiga beneficios a las finanzas del Instituto, aun cuando el organismo se enfrente una situación difícil.

Sin embargo, sí contribuiría a las finanzas públicas y directamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Añadió que en este tema, la única autoridad facultada para determinar cambios en el pago de pensiones, es “el Consejo Técnico del IMSS y en ese caso la CTM ya tiene una postura, ésa es que sean pagadas conforme lo establece hoy la ley, que es un pago hasta de 25 salarios mínimos”.

Conflicto social

Por otra parte, Hugo Italo, representante laboral de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación (Canacintra) afirmó que aplicar el criterio de la SCJN podría derivar en un conflicto social de dimensiones incalculables.

“Se viene un conflicto social muy grave para la Corte y para el Seguro Social, es muy delicado el tema, y si se quieren hacer modificaciones, éstas tendrían que ser para aumentar las pensiones y no para bajarlas”.

Aunque no ofreció cifras, Carazo, quien también funge como Secretario de Trabajo en la CTM, mencionó que hay un fuerte impacto.

“Imagínese disminuir de 25 a 10 salarios, en todo ello hay muchas aristas que se tienen que revisar, desde quién lo emite, por qué lo emite y lo que vemos hasta hoy es que realmente hay preocupación en todo el sector obrero empresarial, porque no vemos justa la emisión de esta jurisprudencia”, fijo Carazo.

pmartinez@eleconomista.com.mx

 

 

CONSAR DESCARTA DAÑO POR TOPE A PENSIONES

Lunes 26 de julio de 2010 Romina Román Pineda | El Universal

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de topar hasta 10 salarios mínimos las pensiones, no tendrá impacto entre la mayoría de los trabajadores.

Vanessa Rubio, vocera de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), comentó que poco más de 90% de los asalariados registrados ante el IMSS ganan entre uno y nueve salarios mínimos.

El resto, los que ganan más, tienen la posibilidad de optar por el sistema de reparto o el de cuentas individuales.

En el sistema de ahorro para el retiro, 50% de las personas corresponden al régimen de “transición” y la otra mitad inició su vida laboral con el esquema de cuentas individuales anterior.

Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación falló a favor de que el pago de las pensiones que realiza el Seguro Social no rebase los 10 salarios mínimos. En la actualidad, el tope es de 25 salarios mínimos.

De acuerdo con el sistema de información Procesar, 8.5% de los cotizantes perciben más de 10 salarios mínimos; de éstos, 4.4% obtiene entre 15 y 25 salarios.

La mayoría de los afiliados, 42.8%, gana entre 1.5 y 3.5 salarios mínimos; el 22.4% recibe entre cero y 1.5 minisalarios; 15.1% obtiene entre 3.5 y 5.5 salarios mínimos y 11.3% percibe entre 5.5 y 10 salarios.

El IMSS precisó que la decisión de la Corte requiere de un análisis profundo, por lo que el consejo técnico del Instituto esperará a que la segunda sala de la Corte regrese de vacaciones para aclarar la tesis de jurisprudencia.

El límite de 10 salarios mínimos aplicaría a las pensiones por invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada.

Pese a la decisión de la Suprema Corte, la medida aún no entra en vigor, por lo que para los trámites que lleven a cabo los afiliados aplicará el límite de 25 salarios mínimos.

Vanessa Rubio descartó que derivado del fallo de la Corte se registre un aumento de afiliados al IMSS que opten por retirarse mediante el régimen de cuentas individuales.

De acuerdo con datos de la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro (Amafore), hay 14 millones 255 mil trabajadores activos al cierre del primer bimestre del año.

A marzo pasado, el total de cuentas —que incluye a activos e inactivos— sumó 39 millones 975 mil, cifra que es mayor a la que se observó en diciembre cuando llegó a 39 millones 405 mil trabajadores.

El organismo del sector privado destacó que los rendimientos anualizados que ofrece el sistema de pensiones llegaron a 14.8% anualizado entre enero y marzo pasados.

romina.roman@eluniversal.com.mx

OPINION/COLUMNISTA

 

Empresa | Alberto Barranco/El universal

Carambola de dos bandas

Lunes 26 de julio de 2010

De entrada, la sesión de la Segunda Sala fue catalogada como privada, lo que impidió su transmisión vía el canal del máximo tribunal de justicia del país, y de pasadita obligar a que el acta respectiva pasará al archivo de la documentación reservada.

Nadie sabe, nadie sabrá de los argumentos en pro y en contra por parte de los cinco ministros en la escena, ante lo que los expertos califican como aberración jurídica al reivindicarse un ordenamiento derogado en 1997 en desconocimiento del que lo suplió.

En paralelo, se escogió una fecha clave para desahogar la minuta: el 9 de junio, es decir en la antesala del inicio del campeonato mundial de futbol que provocaría un largo aturdimiento en la opinión pública. A quién rayos le importa la Corte frente a la ilusión por que el “Chicharito” nos haga campeones.

De ahí, pues, que la reacción de los despachos de abogados independientes tardara 40 días para emitir la alerta a los organismos empresariales, de los cuales la Coparmex sería el primero en lanzar el grito al cielo.

Y si le seguimos, no fue casualidad el que se haya escogido como ministro ponente a Sergio Valls, quien durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari y parte del de Ernesto Zedillo había sido director jurídico del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Lo que en el papel era un simple debate por contradicción de tesis se convertiría en una zancadilla brutal para un millón 200 mil trabajadores en vías de recibir una pensión bajo la vieja Ley del Seguro Social, es decir, sin opción de alcanzar una cotización suficiente para acogerse al Sistema de Ahorro para el Retiro… y de pasadita en una “Espada de Damocles” sobre 3 millones más, a quienes se les podría reducir ésta a título de error de cálculo del organismo.

El problema es que al interpretar los artículos tercero y cuarto transitorios de la nueva Ley del Seguro Social que se expidió en julio de 1997, en cuyo marco se permitía a los trabajadores optar por uno de dos regímenes para su jubilación, el vigente de 1973 o el nuevo, los ministros soslayaron de entrada la fórmula planteada por el primero para calcular el monto de las pensiones.

De acuerdo al artículo 25 transitorio del ordenamiento, el límite para las pensionas en los ramos de invalidez y vida, cesantía en edad avanzada y vejez, alcanzaría un monto equivalente al promedio de cotizaciones de los últimos cinco años de los derechohabientes, es decir 250 semanas, con un tope de 25 salarios mínimos.

Ahora que, bajó la Ley del Seguro Social vigente desde 1997, si bien se abatía el máximo a 10 salarios mínimos del Distrito Federal, se abrió la puerta para elevarlo a 15, y luego alcanzar un punto año con año durante la siguiente década. El tope llegó en 2007, cuando se alcanzaron 25 minisalarios.

Se diría, así, que por ningún lado era factible la interpretación realizada por el ministro ponente y avalada por ¿dos?, ¿tres?, ¿cuatro? de los presentes en la sesión.

Lo cierto es que tras la maniobra que permitió crear jurisprudencia, esto es establecer un criterio para jueces y magistrados que atienden litigios en que se ventilen inconformidades sobre el monto de las pensiones, existe una carambola de dos bandas.

El Seguro Social le está planteando al Ejecutivo hacerse cargo de las pensiones que se pactarían bajo la Ley de 1973, tal y como se hizo con el ISSSTE, en afán de subsanar en parte los graves problemas financieros que enfrenta el organismo.

La carga, pues, con el aval de los ministros de la Corte, sería menos pesada.

Se diría, pues, que éstos le hicieron el trabajo sucio a la Secretaría de Hacienda, a título de desahogar un caso específico planteado por un ex trabajador.

Total, qué tanto es tantito, por más que los afectados hayan cotizado toda su vida sobre la base de una pensión decorosa.

… lo cierto es que se trató de un golpe cuidadosamente planeado

Alberto Barranco

IMSS: zona de desastre

Jueves 15 de julio de 2010

De hecho, en uno de los ángulos del drama, el organismo se está canibalizando, al operar bajo el cobijo de sus propias reservas. Se destapa, pues, un agujero para tapar otro.

En mayo del año pasado, para no ir lejos, a la vera del otorgamiento por Decreto Presidencial de prestaciones extraordinarias con motivo de la epidemia de influenza AH1N1, el Seguro Social debió tomar cuatro mil 403 millones de pesos de la subcuenta I del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones de Carácter Legal o Contractual por cubrir el déficit del Régimen de Jubilaciones y Pensiones.

Total, qué tanto es tantito, cuando el faltante alcanza ya más de un billón de pesos.

Anteriormente, además, se tomaron en calidad de préstamo 10 mil millones de pesos: Seis mil en julio y cuatro mil en diciembre del año pasado, de la Reserva de Operación para Contingencias de Financiamiento para financiar las reservas operativas de los seguros.

Ahora que, en la perspectiva, durante este año y el próximo se vaciará de plano la subcuenta I del fondo señalado, al no empatar los ingresos del Instituto con sus gastos.

El panorama, de acuerdo al Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la situación financiera y los riesgos del organismo 2009-2010, es aterrador, en un escenario en que el año pasado el Instituto obtuvo ingresos de operación por 225 mil 479 millones de pesos, pero erogó 875 256.

El déficit, pues, alcanzó 649 mil 777 millones. La ruta habla, además, de terminar este año con otro boquete de 193 mil 914 millones; el 2011 con uno más de 260 mil 052, y el 2012 con 212 mil 715.

Danza de la muerte con números rojos.

El renglón más golpeado es el Seguro de Enfermedades y Maternidad, cuyos ingresos del año pasado alcanzaron 149 mil 978 millones, en tanto sus egresos llegaron a 755 mil 234. El faltante, pues, fue de 665 mil 256 millones.

Durante este año la expectativa habla de ingresos por 148 mil 330 millones y gastos por 351 mil 543, lo que llevaría a agrandar el boquete en otros 203 mil 313.

A su vez, el Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales registró el año pasado ingresos por 12 mil 165 millones de pesos, pero realizó gastos por 32 mil 729, lo que plantea un déficit de 20 mil 564.

Para este año la perspectiva habla de ingresos de 12 mil 801 millones y un gasto total de 22 mil 546, lo que provocaría un faltante de nueve mil 735 millones.

En la zona de desastre está también el Seguro de Salud para la Familia, con ingresos el año pasado por dos mil cuatro millones de pesos, y egresos de 25 mil 293, lo que provocó un déficit de 23 mil 290. Para este año el faltante llegaría a 10 mil 65 millones.

En contraste, el Seguro de Invalidez y Vida registró en 2009 un excedente ingresos-egresos, o si lo prefiere superávit, de 22 mil 911 millones, al contabilizar ingresos por 35 mil 679 millones de pesos y erogar sólo 12 mil 769. El remanente para el año próximo será de 25 mil 480 millones.

Naturalmente, si se aceptara legalmente la posibilidad de cruzar sobrantes con faltantes, la buena noticia no alcanzaría para ocultar las malas.

Lo dramático del asunto es que tras la catarata de números rojos no se vislumbra una salida. De hecho, el documento no le plantea opciones al Ejecutivo o al Legislativo para nivelar la nave, a diferencia del año pasado en que se hablaba, tímidamente, de la posibilidad de un incremento de cuotas.

Por lo pronto, resulta paradójico que el gobierno le coloque uno y otros bultos en la espalda al organismo, pese a la terrible debilidad manifiesta.

En enero del año pasado, por ejemplo, se publicó un decreto que permitía extender la vigencia de derechos de los trabajadores que los dan de baja en 16 semanas adicionales a las previstas, como respuesta a la cadena interminable de despidos.

En mayo, en paralelo, se eximió parcialmente a los patrones hasta por un 20 por ciento del pago de las cuotas patronales, en atención a la parálisis del país por la epidemia de influenza AHINI.

Ese mismo mes se autorizó a los patrones a pagar en parcialidades el 50 por ciento de las cuotas obrero-patronales.

El problema es que el respaldo llegó incompleto… y tarde.

De hecho, un año después se arrastra un millonario faltante.

Total, dicen, el IMSS no puede quebrar porque lo respalda el gobierno.

Alberto Barranco/El universal

Empresa | Alberto Barranco

 

IMSS: Más de lo mismo

Martes 29 de junio de 2010

En cumplimiento de un ejercicio que al paso de los años se ha vuelto rutinario, el Instituto Mexicano del Seguro Social convocará al escándalo en los próximos días, al orear sus trapitos al sol vía su informe financiero anual hacia el Ejecutivo y el Legislativo

Inaugurado el rito durante el sexenio zedillista, ante el deterioro permanente de la viabilidad del organismo, ya por la ruptura del equilibrio entre aportaciones y erogaciones del régimen de jubilaciones y pensiones para sus propios trabajadores, ya por la nueva expectativa de vida, o por la incidencia de enfermedades crónico-degenerativas, la intención era buscar salidas graduales y calibrar su efectividad.

El caso es que, 12 años después, el cuesta abajo en la rodada se mantiene intacto.

Si en ese entonces se hablaba de un déficit conjunto, cuyo monto equivalía al 20 por ciento del Producto Interno Bruto, hoy estamos hablando del 140, considerando que sólo el faltante de recursos para el seguro de Atención Médica para Jubilados y Pensionados alcanza el 60.

De hecho, en el texto cuyo plazo de entrega se vence mañana se habla de que las reservas constituidas actualmente por el Instituto sólo podrían financiar su operación hasta el 2012.

Más aún, se señala que durante los próximos años el pasivo laboral, que en el caso del régimen para jubilaciones y pensiones de sus propios trabajadores había alcanzado el año pasado más de un billón de pesos, “irá incrementando su peso sobre el flujo de efectivo del Instituto”.

Como usted sabe, desde el año pasado, a contrapelo de lo dispuesto en su Ley Orgánica, el organismo ha venido financiando su operación con recortes provenientes de las reservas y fondos.

En la paradoja, pues, se abren nuevos boquetes para tapar otros, con la novedad de que la Secretaría de Hacienda le exige constituir año con año partidas para rellenar los existentes, cuyo monto oscila entre cinco mil y siete mil millones de pesos. El juego del Tío Lolo.

Dicho con todas las letras, el Instituto ha rascado los fondos del Seguro de Enfermedades y Maternidad para atender el de Atención Médica para Jubilados y Pensionados, además de reducir las camas del primer rubro, para aumentar las del otro.

Si en 1996 había 1.3 camas por cada mil derechohabientes, hoy se tienen sólo 0.8, en un deterioro permanente de instalaciones, equipos médicos, instrumental y hasta batas. Si alguien reclama una radiografía o análisis urgentes, hay que ir a una clínica privada. Y si la operación es ineludible, llevar sus propios bisturís, y en ocasiones hasta mascarillas.

En el círculo vicioso, hay cada día menos Seguro Social y más demanda de servicios de salud en cantidad y complejidad.

Lo curioso del caso es que aún cuando se habla de una estrategia inmediata que fortalezca la viabilidad financiera del organismo, señalándose concretamente cinco líneas: financiamiento de la atención médica, cambios de estructuras orgánicas en salud, cambios complementarios en la organización del Sector Salud, reducir el pasivo laboral asociado al Régimen de Jubilaciones y Pensiones y rebalancear las primas de seguros, no se pavimentan las pistas. Estamos hablando, por ejemplo, de reglamentar a las empresas terceristas u outsourcing que tradicionalmente evaden la incorporación de sus trabajadores a la seguridad social; la existencia de miles y miles de “comisionistas” que no son afiliados al organismo, por más que tengan una relación formal con el patrón, o la simulación de empresas medianas al inscribir a sus trabajadores en niveles inferiores al real.

El documento, demagógicamente, habla de que “es prioritario” para el Instituto gestionar un debate serio e informado en el que participen el Ejecutivo, el Congreso de la Unión y la sociedad en general, en el cual “se propongan y ponderen propuestas de solución a la problemática institucional”.

Ahí les dejo, pues, la mosca en la oreja.

Y aunque el año pasado se hablaba de incrementar las cuentas obrero-patronales, el griterío fue de tal magnitud que la alternativa se diluyó entre las sombras. De hecho, este año ya no aparece.

Lo curioso del caso es que, aprobado el documento la semana pasada por el Consejo Técnico, este no haya exigido responsabilidades concretas para el Ejecutivo y el Congreso, dado el interés nacional del problema.

Más aún, llama la atención el que no se pronuncie sobre las medidas populistas implantadas por el Ejecutivo, como el que ninguna madre se quede sin atención de parto, sea o no derechohabiente; el recargo del peso del Seguro Popular en la de suya saturada infraestructura del Instituto, o el conceder cuotas especiales a los propietarios de agroindustrias.

¿O qué, el presidente Felipe Calderón tiene: recursos para pagarle la tenencia a quienes adquieran automóviles nuevos y no tiene un centavo para evitar la extinción del Seguro Social?

barrancoalberto@prodigy.net.mx

IMPOSIBLE REDUCIR PENSIONES

25 Julio, 2010 – 20:48

Las pensiones de los trabajadores son un derecho adquirido por trabajo propio; son garantía constitucional y sería inadmisible reducirlas, expresó el coordinador del PRI en el Senado, Manlio Fabio Beltrones.

En medio de la controversia que se ha generado por el criterio jurisdiccional, emitido por la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que propone disminuir de 25 a 10 salarios mínimos el límite superior de las pensiones de los trabajadores, Beltrones enfatizó que con esta medida no se resolverían los problemas financieros y demográficos que están en el fondo del asunto.

“Todos saldríamos perdiendo: los trabajadores recibirían pensiones de pobreza; las empresas verían afectados sus activos, y el IMSS enfrentaría una situación de inseguridad jurídica que nadie desea”, destacó.

El legislador sonorense dijo que el PRI hará “una firme defensa” de los derechos de quienes ya trabajaron y cotizaron a lo largo de su vida laboral para que se asegure un retiro digno, pues en caso de aplicarse la medida de la Corte, los trabajadores estarían bajo el riesgo de ver reducidas sus pensiones hasta en 60% y ser obligados a trabajar “hasta que la muerte llegue”.

Minerva Hernández (PRD) calificó como positivo que el IMSS haya determinado no aplicar la medida jurisprudencial de la Corte.

“Si el Seguro Social implementa este tope, tendrá que reintegrar las cuotas obrero-patronales pagadas en exceso por las empresas y los trabajadores afectados, puesto que habrá roto la congruencia entre la prestación y la aportación que se ha cubierto, y deberá hacerlo con actualización y recargos”, destacó.

Argumentó que el IMSS es la autoridad competente para aplicar la ley conforme al artículo 251, fracción VIII de la Ley del Seguro Social, la cual establece que ese órgano tiene facultades para expedir lineamientos de observancia general de la aplicación para efectos administrativos de la norma.

jmonroy@eleconomista.com.mx

 

IMSS PUEDE BAJAR PENSIONES

23 Julio, 2010 – 00:30

El artículo 273 de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social de 1973 deja abierta la posibilidad de corregir el monto de jubilación en caso de haber incurrido en errores de cálculo.

La resolución de la Corte de recortar de 25 a 10 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal para el cálculo de pensiones, no explica claramente que pasará con las personas que actualmente están jubiladas bajo la ley de 1973, cuya base de cotización es de 25 salarios mínimos al mes.

Al respecto, María del Rosario Lombera, especialista de la firma internacional de abogados Baker & McKenzie da luz en el tema y explicó: “Hay un artículo en la ley de 1973, donde se dice que si la pensión se otorgó con un error en la cuantía, el instituto puede corregir la falta”.

Se trata del artículo 273, bajo el cual, el IMSS puede realizar una corrección del monto de jubilación actual. En aplicación a ese precepto, el Seguro podría corregir el monto de las pensiones de las personas que perciben pensiones superiores a 10 veces el salario mínimo, pero a partir de la decisión del IMSS, no antes.

Dinero de afores, a salvo

Mientras tanto, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) informó que no se puede pronunciar en torno de la decisión de la SCJN.

“El dinero que está en las afores no se ve involucrado; no resulta ninguna afectación con lo que resolvió la Suprema Corte”, explicó Pedro Ordorica, presidente de la Consar, en entrevista radiofónica. Sostuvo que las cuentas individuales o las personas que comenzaron a cotizar después de 1997 no se verán afectadas.

La resolución de la Corte, dijo, afecta a los trabajadores que se encuentran en la generación de transición; es decir, aquellos que pueden elegir retirarse bajo la Ley del Seguro Social de 1973 o la de 1997.

Actualmente, existen 40.7 millones de cuentas en la Consar, de las cuales 50% es de generación afore y la otra mitad es de transición.

La vocera de la Consar, Vanessa Rubio, afirmó que sólo 5% del total de las cuentas registradas en las afores cotiza arriba de 10 salarios mínimos.

“Éstos serían los únicos que estarían bajo el supuesto de la Corte, en caso de que decidieran jubilarse bajo la Ley del 1973”, añadió.

El IMSS, dijo, es responsable de las pensiones de la Ley del IMSS del 73, con cargo del gobierno federal.

Lo que dice la ley

El Artículo 273 de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social de 1976 dice a la letra:

En los casos en los que una pensión no se haya concedido por error que afecte a su cuantía o a sus condiciones, la modificación que se haga entrará en vigor:

I.- Si la modificación es en favor del asegurado o beneficiario:

a) Desde la fecha de la vigencia de la prestación, si el error se debió al Instituto.

b) Desde la fecha en que se dicte el acuerdo de modificación, si el error se debió a datos falsos suministrados por el interesado.

II.- Si la modificación es en perjuicio del asegurado o beneficiario:

a) Desde la fecha en que se dicte el acuerdo de modificación, si el error se debió al Instituto.

ytorres@eleconomista.com.mx

 

DINERO DE INFONAVIT ENGROSARÁ PENSIONES

23 Marzo, 2010 – 14:12

Las subcuentas de vivienda de pensiones serán modificadas con el fin de adaptarlas al ciclo de vida de los trabajadores, explicó Pedro Ordorica Leñero, presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

El funcionario explicó que la propuesta de modificación a la Ley del Infonavit, que actualmente se encuentra en la Cámara de Diputados: “Es interesante, ya que dará a los trabajadores de hasta 30 años de edad, que ganan cuatro salarios mínimos la posibilidad de otorgar 5% del enganche para una vivienda o cubrir 30% de su cuenta de RCV (cesantía en edad avanzada y vejez), con el fin de poder comprar una vivienda”.

Esta medida no pone en riesgo su pensión, “ya que tardarán 30 años para cumplir la edad de retiro (de 60 a 65 años), tiempo suficiente para fortalecer su pensión”, aclaró.

Otra de las fortalezas de la reforma es que el Infonavit tendrá cada vez más recursos en su cartera por la colocación de Cedevis cada año, y requerirá de menos cuotas.

La reforma “es con el fin de que la gente joven, cuando más necesita la vivienda, tenga más para el enganche y cuando ya esté cerca de la jubilación aporte más a su pensión”, indicó Ordorica.

Con esta reforma nadie pierde, aseveró: “Tiene como fin fortalecer la adquisición (de vivienda) de los trabajadores de bajos ingresos y a los jóvenes les permite tener un mejor enganche”.

A los trabajadores les permite fortalecer el monto que se va a su pensión”.
Crecen aportaciones

Por otro lado, la propuesta en donde se pretende que los fondos para el retiro se puedan utilizar también para financiar vivienda, incrementará las aportaciones de los trabajadores de 6.5 a 10.5 por ciento.

El directivo dijo que actualmente, la cuota de vivienda se calcula en 5% y cuando un trabajador pide un crédito, se utiliza el saldo de subcuenta a la vivienda para cubrir el crédito hasta amortizarlo.

Con dicha modificación, indicó, el Infonavit sólo recibirá 1% de esta aportación y 4% restante se canalizará a la subcuenta de la afore con la cual se complementará 10.5% asignado por ley.

cruiz@eleconomista.com.mx

 

RESOLUCIÓN AFECTARÁ PLANES PRIVADOS DE PENSIONES: MERCER

23 Julio, 2010 – 00:25

La decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que modifica de 25 salarios mínimos a sólo 10 la base de cotización para estimar las pensiones de aquellos trabajadores que opten por jubilarse bajo la Ley del Seguro Social de 1973, afecta directamente a 1,800 empresas que ofrecen planes privados de pensiones en México.

Debido a que al disminuir el monto entregado por el IMSS, en caso de acatar la decisión de la SCJN, el patrón tendría que aportar el diferencial, explicó Enrique Marín, director de Retiro para Latinoamérica Norte de Mercer.

El especialista explicó que el impacto que tendrá cada empresa estará ligado al tipo de plan que ofrezcan a sus empleados, lo cual repercutirá finalmente en los pasivos laborales de cada compañía.

Por ejemplo, si una empresa tiene un plan para que sus trabajadores se retiren con 70% de su salario, tiene que restar, a ese porcentaje, la cantidad que otorgue el IMSS y así, se obtiene el monto adicional deberá desembolsar.

Bajo el ejercicio anterior, si hoy el IMSS pensionara al trabajador con 30% de su sueldo, el patrón tendría que aportar 40% restante. Pero si las condiciones cambian y el IMSS sólo aporta 20%, el patrón deberá poner 50% restante.
El cochinito

La decisión afecta directamente a los trabajadores, pues si alguien pensaba tener una pensión de 10,000 pesos mensuales y potencialmente el IMSS le iba a dar 6,000 pesos, debería ahorrar voluntariamente 4,000 pesos.

Recordó que por cada peso de pensión mensual que busque tener, el trabajador debe ahorrar 200 pesos. Entonces, para alcanzar los 10,000 pesos mensuales a los 60 años debió haber ahorrado 800,000 pesos en su vida laboral, pero bajo el nuevo esquema tendría que ahorrar 1 millón 400,000 pesos, según estimaciones de Mercer.

arosas@eleconomista.com.mx

 

EMPRESAS DE SEGUROS TIENEN INCERTIDUMBRE

22 Julio, 2010 – 00:02

Las compañías de seguros se encuentran a la expectativa de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN) que busca limitar el monto en pensiones a 10 veces el salario mínimo en lugar de 25. También se espera la respuesta del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sobre el dictamen.

A estas empresas, la modificación de la SCJN les beneficia debido a que las personas buscarán jubilarse solamente bajo la Ley del Seguro Social de 1997, reveló Elsa Olaguíbel Gutiérrez, subdirectora técnica de pensiones de Banorte.

“La ley de 1973 favorece a los que tienen más semanas cotizadas. Ahí las aseguradoras no alcanzaban a tener fondos para mejorar la atención. Como empresa nos conviene, porque antes la mayoría que se iba por la ley de 1973 y ahora se irán por de 1997”, dijo.

El dictamen perjudicará a las personas que planeaban pensionarse por la ley de 1973, debido a que el monto que reciba por su pensión será de 10 veces el salario mínimo, cuando esperaban que éste fuera de 25 veces el salario mínimo.

Menos clientes

Por su parte, la resolución de la SCJN haría que algunas compañías de seguros dejen de captar clientes, reveló Enrique Sanjuanero Sánchez.

El líder de proyectos de pensiones de la aseguradora Royal & Sunalliance explicó que la modificación impactará a las compañías de seguros en el momento que los montos de pensión disminuyan, debido a que dejarían de captar usuarios.

Por otro lado, María del Rosario Lombera González, asesora de Baker & McKenzie explicó que las aseguradoras que ofrecen productos de pensiones no se verán impactadas por el criterio de la Corte, debido a que quien estará a cargo de las pensiones será el gobierno federal.

Acciones

Si el IMSS acata el dictamen de la SCJN, las personas afectadas pueden buscar defensa legal, expresó María del Rosario Lombera González, asesora de Baker & McKenzie.

“A nadie que tenga la pretensión de jubilarse con 30,000 pesos le parecerá bien jubilarse con 14,000; si se acepta la resolución se buscará interponer algún medio de defensa.

ytorres@eleconomista.com.mx

 

IMSS NO LIMITARÁ PENSIONES HASTA QUE AVISE LA CORTE

22 Julio, 2010 – 00:06

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) seguirá otorgando el pago de pensiones tal y como lo establece la ley, por lo que no disminuirá el monto de 25 salarios mínimos generales vigentes a 10 como lo estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su resolución del pasado 9 de junio.

Así lo dio a conocer José Luis Carazo, integrante del Consejo Técnico del IMSS, quien explicó que mientras no llegue de manera oficial la resolución de la SCJN, “no se aplicará ningún cambio y se seguirán pagando las pensiones como hasta ahora”.

En entrevista al término de la reunión de Consejo Técnico que se realizó en el Instituto, detalló que hasta que no se haga un análisis profundo de la jurisprudencia que busca disminuir el tope salarial al pago de las pensiones, el IMSS fijará una postura, “pero estamos seguros que ésta no será en contra de los derechohabientes”.

De acuerdo con información del organismo tripartita, en el mes de junio de este año se han jubilado 4,282 trabajadores, de los cuales sólo 74 rebasaron los 25 salarios mínimos; sin embargo, que sea una mínima proporción “no constituye que se tenga que perder un derecho que está establecido en la Ley del Seguro Social desde el 2007”, afirmó Mario Martínez Dector, consejero del IMSS de la representación obrera. Según especialistas, en caso de aplicar el tope de pensión en cesantía y vejez, habría una generación de jubilados de por lo menos 1 millón de trabajadores.

Aunque el tema central en la agenda del Consejo Técnico del IMSS en su sesión de este miércoles era el de la aprobación del anteproyecto del Presupuesto del 2011, los representantes obreros y patronales externaron su preocupación, porque no se tiene claridad sobre si se aplicará de manera generalizada.

Martínez Dector agregó que el criterio que dio a conocer la SCJN es similar al del ISSSTE, el cual otorga a los trabajadores al servicio del Estado hasta 10 salarios mínimos para una pensión.

Por otra parte, Javier Moreno Padilla, presidente de la Comisión de Seguridad Social de la Confederación Patronal de la República Mexicana, comentó que en el IMSS existen tres regímenes distintos para la jubilación, por lo que se ha generado una confusión que ni la Corte pudo aclarar.

En todo caso, dijo en entrevista, “se tiene que hacer un análisis integral de la seguridad social, porque como estamos ahora son de carácter parcial y sólo se han hecho parches”, sostuvo.

Manifestó que la postura del IMSS de mantener el pago de hasta 25 salarios mínimos como hasta ahora, es la más sana.

CREDITO: 

María del Pilar Martínez / El Economista

 

DEFENDERÁ CONCAMIN PENSIONES

21 Julio, 2010 – 19:30

Harán valer derechos de los trabajadores ante el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social.

De acatarse la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que dicta la reducción del tope de cotización para el pago por jubilaciones a los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), se les estaría robando su dinero a los trabajadores, por lo que la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concamin) abogará por una reconsideración de la medida, anunció Salomón Presburger, presidente de este último organismo.

Entrevistado en el marco del Foro Nacional de Normalización y Evaluación de la Conformidad 2010, organizado por la Concamin, el industrial anticipó que harán valer los derechos de los trabajadores en el Consejo Técnico del IMSS, el organismo tripartita en el que se decidirá la posición del instituto respecto de la jurisprudencia de la SCJN.

Dicha resolución reduciría el techo de cotización para el pago de jubilaciones de 25 a 10 salarios mínimos mensuales, afectando a todos los trabajadores que al retirarse se acogieran a la Ley del IMSS de 1973.

“Lo que no permitiremos es que a los trabajadores que cotizaron sobre la base de 25 salarios mínimos se les dijera que ahora recibirán una pensión calculada sobre la base de 10, eso sería un robo. Sería terrible quitarle a la gente un dinero que ya ahorró”, consignó el empresario.

Asimismo, adelantó que en su voto en el Consejo Técnico del IMSS, donde confluyen trabajadores, gobierno y patrones, los empresarios irán unidos bajo la consigna de defender los derechos de los trabajadores.

La medida, indicó también la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), afectaría a 100,000 trabajadores, aunque no mencionó si ésta podría perjudicar masivamente a las empresas.

Al respecto, Gustavo Rodarte, presidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, afirmó, no obstante, que la implementación de lo que dicta la jurisprudencia citada afectará tanto a trabajadores como a patrones y al mismo IMSS.

“Perderían los trabajadores porque recibirían menos dinero, pero también algunos patrones que con la reducción de las aportaciones del IMSS tendrían que reconocer un pasivo mayor por pensiones. Incluso el Instituto enfrentaría dificultades porque lo razonable es que devolviera una parte de los ahorros a los trabajadores, y no cuenta con la solvencia para hacerlo”, comentó el representante del organismo técnico.

Rodarte explicó que el riesgo para los patrones proviene del hecho de que éstos ofrecen planes de jubilación complementarios que vía contratos colectivos de trabajo garantizan al trabajador un monto de jubilación determinado.

La mitad de la Población Económicamente Activa está en el IMSS

Gran cantidad de personas que se retirarán en el corto y mediano plazo esperan tener su pensión cuando cumplan con su ciclo productivo a través del IMSS. A ellos se les podría bajar el monto de la pensión mensual que reciban en la edad adulta.

50 millones 436,406 es el número de personas aseguradas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, según cifras del Instituto al mes de junio.

829,802 es el número de empresas que brindan este beneficio a sus trabajadores.

14 millones 376,929 de trabajadores son los que cotizan ante el IMSS, este año se han sumado 18,000 nuevos registros.

12 millones 630,229 es el número de trabajadores permanentes que tiene registrado el IMSS al mes de junio.

1 millón 764,425 de trabajadores eventuales son los que registraba el IMSS al mes de junio pasado.

CREDITO: 

Octavio Amador / El Economista

 

HABRÁ UNA GENERACIÓN DE JUBILADOS POBRES

20 Julio, 2010 – 14:42

La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el tope de pensiones de cesantía y vejez que otorga el IMSS provocará que en el futuro haya una generación de jubilados pobres, aseguró el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).

En conferencia de prensa, el presidente del instituto, Gustavo Rodarte, advirtió que la tesis de jurisprudencia emitida por la SCJN afectará a 1 millón de trabajadores que cotizan al Seguro Social.

El presidente del Comité de Estudios Fiscales, Enrique Ramírez, consideró necesario que la Corte rectifique esta resolución para lo cual tendría que volver a analizarla, pues en su opinión le faltó profundidad.

En tanto, el encargado del Comité de Seguridad Social, Carlos de la Fuente, estableció que si bien la tesis no ha sido publicada, si se lleva a la práctica de manera generalizada afectaría a las personas en el régimen obligatorio del Seguro Social que cumplen los requisitos que la ley de 1973 señalaba para obtener alguna de éstas pensiones.

En este sentido, especialistas de Baker & McKenzie opinan que al día de hoy no se encuentra definido el tratamiento que el IMSS dará a las personas que hoy están jubiladas bajo el régimen de 1973, cuya pensión se cuantificó considerando el límite superior de 25 veces el salario mínimo general vigente del DF.

La resolución de la Corte, explicó De la Fuente, descarta a los trabajadores propios del IMSS y el efecto será exclusivamente para los que tengan derecho a una pensión superior a 10 veces el salario mínimo vigente.

Por ejemplo, si alguien alcanza un monto de 32,000 pesos mensuales, con la resolución de la Corte su pensión no rebasará los 13,000 pesos mensuales.

Es decir, agregó, se reducirán más de 59% sus percepciones como jubilado.

El impacto también se verá en los planes de pensiones privados que ofrecen las empresas como una alternativa adicional al obligatorio.

Empleo decente

Gustavo Rodarte consideró que lo que necesita hacer el IMSS es aumentar el número de contribuyentes, ya que tiene sólo 17 millones, cuando el potencial es de 40 millones.

Dijo que es urgente un programa que fomente la creación de empleo formal el cual brinde un presente y futuro dignos.

“Estamos en un círculo vicioso en donde la informalidad crece, porque la gente no encuentra un empleo decente y el IMSS no tiene cotizantes suficientes para tapar los huecos que provoca mantener a sus pensionados”.

Ante esa situación, urgió a detonar el plan de infraestructura en la parte de inversión pública, ya que para los proyectos en los que se necesita la participación privada es necesario hacer roadshow en diversos países.

A la letra

Qué establecía la Ley del Seguro Social de 1973

Este ordenamiento establecía en su artículo 33 que el salario base de cotización tiene como límite superior el equivalente a 25 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal, con excepción de los seguros de invalidez, cesantía en edad avanzada y muerte, cuyo límite superior para efectos de cotización era de 10 veces el salario mínimo general para el DF.

En lo relativo a la cuantificación de las pensiones, el artículo 167 de dicho ordenamiento establecía que para determinar la cuantía básica anual de las pensiones y sus incrementos, se consideraría como salario base de cotización, el promedio correspondiente a las últimas 250 semanas de cotización.

leofloresh@eleconomista.com.mx

 

El cobro de ISR a jubilados, disposición vigente desde hace 30 años, dice la SHCP

Juan Antonio Zúñiga

Periódico La Jornada

Viernes 5 de febrero de 2010, p.

El cobro del impuesto sobre la renta (ISR) a los trabajadores jubilados con pensión mayor a nueve salarios mínimos responde a una disposición vigente desde hace 30 años, cuya aplicación debe realizarse sin excepciones, por lo que están incluidos los ex presidentes de la República, afirmó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

 

Aprobada por el Congreso en 1979, afirmó, esta disposición figura en el artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y actualmente obliga a cumplir con ella a todos los trabajadores retirados con pensión de más de 16 mil pesos al mes, condición en la que se encuentra cerca de 2 por ciento de los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

 

Hacienda apuntó que todos los trabajadores retirados con una pensión menor a nueve salarios mínimos “no estarán obligados a pagar el ISR”, pero también advirtió que quienes perciban una pensión mayor tienen que cumplir con esta disposición legal.

 

La secretaría manifestó que en tanto se determina qué sucedió en el Seguro Social con las retenciones que debió haber realizado, “en términos tributarios, ésta no es una disposición nueva, es una disposición que tiene 30 años de vigencia”.

 

La fracción tercera del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta define los ingresos por los que “no se pagará el ISR”. Su fracción tercera menciona en esta situación “las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro del retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este título”.

 

El 13 de diciembre de 2002 se agregó el siguiente párrafo a la fracción tercera de la Ley del ISR: “Para aplicar la exención sobre los conceptos a que se refiere esta fracción, se deberá considerar la totalidad de las pensiones y de los haberes de retiro pagados al trabajador a que se refiere la misma, independientemente de quien los pague. Sobre el excedente se deberá efectuar la retención en los términos que al afecto establezca el reglamento de esta ley.”

 

El nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, del 7 de diciembre de 2009, dice en su artículo 135-A que “cuando las prestaciones de previsión social excedan los límites establecidos en el citado precepto, dicho excedente se considerará como ingreso acumulable del contribuyente”.

 

 

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